De las flores al café o al arroz: impulso del ICA a las nuevas variedades vegetales
Actualizado: 2 sept
Cada nueva variedad de rosa con un color diferente o una forma particular, un clavel con características distintivas en el tamaño, color o textura de sus flores, un crisantemo con una conformación floral particular, una variedad de café con características morfológicas que la distingan de otras variedades o un arroz con rasgos visibles que permitan diferenciarlo representan mucho más que un avance agrícola. Detrás de cada una hay años de investigación, inversión, conocimiento científico y un proceso de desarrollo de una nueva variedad vegetal cuyo resultado puede beneficiarse de una adecuada protección jurídica.

En Colombia, esa protección se materializa mediante los certificados de derechos de obtentor de variedad vegetal expedidos por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Mediante estos certificados, el ICA reconoce a los obtentores los derechos previstos en la Decisión 345 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena respecto de las nuevas variedades vegetales que cumplen los requisitos allí establecidos. Se trata de una herramienta esencial para incentivar la innovación en sectores de gran importancia para el país, como la floricultura, la caficultura, la producción de semillas y el desarrollo de nuevas variedades para diversos cultivos agrícolas.
No es casual que estos ejemplos representen sectores estratégicos para Colombia. Las rosas, los claveles y los crisantemos han contribuido al reconocimiento internacional de la floricultura colombiana; el café constituye uno de los productos agrícolas más emblemáticos del país y un referente mundial por su calidad; y el arroz ocupa un lugar fundamental dentro de la producción agrícola nacional y la seguridad alimentaria. En todos estos sectores, el desarrollo de nuevas variedades desempeña un papel cada vez más relevante para mejorar la productividad, la calidad, la resistencia a enfermedades y la competitividad.
En este contexto, el ICA expidió la Resolución 5125 del 26 de marzo de 2026, mediante la cual actualizó los requisitos para la obtención del Certificado de Derechos de Obtentor y para el Registro Nacional de Nuevas Variedades Vegetales Protegidas. Esta constituye una de las actualizaciones regulatorias más relevantes de los últimos años en esta materia.
La resolución no modifica el régimen sustancial de protección previsto por la normativa andina ni crea nuevos derechos de propiedad intelectual. Su principal aporte consiste en unificar y organizar las reglas aplicables al procedimiento administrativo mediante el cual el ICA estudia y decide las solicitudes de protección, ofreciendo un marco más claro, sistemático y de acuerdo con las necesidades actuales del sector.
La resolución fue publicada en el Diario Oficial No. 53.444 del 30 de marzo de 2026 y, conforme a su artículo 25, entró en vigor ese mismo día. Además, derogó expresamente las Resoluciones ICA 1893 y 3123 de 1995 y las demás disposiciones que le fueran contrarias, consolidando en un solo instrumento normativo las reglas procedimentales sobre la materia.
Sus considerandos explican que la actualización responde a la experiencia acumulada por el ICA durante varias décadas de aplicación del régimen de protección, a los avances tecnológicos, a las directrices técnicas de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) y a la necesidad de armonizar, simplificar y dotar de mayor seguridad jurídica el marco regulatorio colombiano.
La nueva regulación desarrolla de manera integral las diferentes etapas del procedimiento administrativo. Entre otros aspectos, regula la presentación y admisión de las solicitudes, el examen de forma, el reconocimiento del derecho de prioridad, la publicación de las solicitudes, el trámite de oposiciones, la práctica de las pruebas de distinguibilidad, homogeneidad y estabilidad (DHE), la expedición del Certificado de Derechos de Obtentor, el Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas y las actuaciones relacionadas con la conservación, duración y demás aspectos propios del derecho reconocido.
La consolidación de estas actuaciones en un solo cuerpo normativo aporta mayor claridad y seguridad jurídica para quienes utilizan el sistema, especialmente para investigadores, centros de innovación, empresas dedicadas al mejoramiento vegetal y productores interesados en proteger los resultados de sus procesos de desarrollo.
Es importante destacar que los requisitos sustanciales para obtener protección permanecen inalterados. La nueva variedad debe seguir siendo comercialmente nueva, distinta, homogénea y estable, además de contar con una denominación adecuada, según la normativa andina. La actualización se concentra, esencialmente, en la organización y eficiencia del procedimiento administrativo mediante el cual esos derechos son reconocidos.
La resolución incorpora igualmente herramientas orientadas a fortalecer la eficiencia y uniformidad de la gestión administrativa, en línea con la evolución tecnológica y con las necesidades actuales de un sector caracterizado por procesos de investigación cada vez más especializados. Ello facilita que quienes desarrollan nuevas variedades vegetales puedan acceder a un procedimiento más claro, transparente y previsible.
También es justo reconocer el esfuerzo institucional realizado por el ICA al revisar y actualizar un procedimiento que había permanecido esencialmente inalterado durante más décadas. La consolidación de las reglas aplicables en un solo instrumento normativo representa un avance importante tanto para la administración como para los usuarios del sistema, al simplificar la consulta de la regulación y favorecer una aplicación más uniforme.
Desde el 30 de marzo de 2026, Colombia cuenta con un régimen procedimental actualizado para la protección de las obtenciones vegetales. Más allá de su alcance administrativo, la Resolución 5125 refleja la importancia creciente de la innovación vegetal para la competitividad del país y contribuye a ofrecer mayor claridad, eficiencia y seguridad jurídica a uno de los campos más especializados de la propiedad intelectual aplicada al sector agropecuario.



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